Complemento Carta Porte

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Publicado el 1 octubre, 2021

Vigencia a partir del 1 de diciembre de 2021

El SAT publico el día 21 de septiembre del 2021 la 1a. versión anticipada de la la Tercera Modificación a la RMF 2021 para quedar como sigue:

TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA
FISCAL PARA 2021
PRIMERA VERSIÓN ANTICIPADA
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley
del Servicio de Administración Tributaria, y 8 del Reglamento Interior del Servicio de
Administración Tributaria se resuelve:
PRIMERO. Se reforma el Transitorio Décimo Primero de la Primera Resolución de
Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada en el
DOF el 3 de mayo de 2021, para quedar como sigue:
Décimo
Primero. Para los efectos de las reglas 2.7.1.8., y 2.7.1.9., así como el artículo
Trigésimo Sexto Transitorio de la RMF 2021, el uso del
complemento Carta Porte, será obligatorio a partir del 1 de
diciembre de 2021.
Se entiende que cumplen con lo dispuesto en el párrafo
anterior, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI al que se
incorpore el complemento Carta Porte antes del 1 de enero de
2022 y este no cumpla con los requisitos del “Estándar del
complemento Carta Porte” y el “Instructivo de llenado del CFDI
al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”.
Transitorios
Primero. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la
regla 1.8., tercer párrafo de la RMF 2021

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Miscelanea Fiscal para 2022
Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y Considerando Que de conformidad con el artículo 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, las resoluciones que establecen disposiciones de carácter general se publicarán anualmente, agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento por parte de los contribuyentes. Que en esta Resolución se agrupan aquellas disposiciones de carácter general aplicables a impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto a los relacionados con el comercio exterior, y que para fines de identificación y por el tipo de leyes que abarca, es conocida como la Resolución Miscelánea Fiscal. Que es necesario expedir las disposiciones generales que permitan a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales en forma oportuna y adecuada, por lo cual el Servicio de Administración Tributaria expide la siguiente: Resolución Miscelánea Fiscal para 2022
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